La aplicación de IVA reducido para reformas en una vivienda



iva reducido para reformas


El IVA reducido para reformas permite abaratar el precio de cierto tipo de obras, habitualmente orientadas a mejorar las condiciones de primeras viviendas. La Administración Pública incentiva este tipo de reformas en casa debido a que permiten optimizar el consumo de energía y además, favorecen la rehabilitación de edificios

Vamos a analizar los casos en los que se puede aplicar un IVA reducido para reformas y las ventajas económicas que trae esta reducción del IVA.

El porcentaje de IVA en reformas

El IVA es un impuesto general que se aplica al valor añadido de un bien o servicio. Existen tres tipos diferentes de IVA, son los siguientes:

Tipo general, del 21 %.

Tipo reducido, del 10 %.

Tipo superreducido, del 4 %.

La mayoría de los bienes y servicios por los que pagamos a diario tributan al 21 %, las Administraciones Públicas aplican un IVA reducido o superreducido en casos especiales.

Las reformas habituales soportan un 21 % de IVA, es decir, al precio final de una reforma, habría que incrementarle un 21 % de su valor para obtener el precio total, sin embargo, hay una serie de circunstancias en las que se aplica el tipo reducido, y por tanto, el IVA pasa a ser de un 21 % a un 10 %, un porcentaje mucho menor que reduce el precio final.

Las condiciones en las que se aplica el IVA reducido en reformas

Son varias las situaciones en las que el IVA reducido para reformas es aplicable, pero para acogerse a este tipo impositivo es imprescindible cumplir una serie de condiciones.

Las reformas para reparaciones y renovaciones en una vivienda particular se pueden acoger al IVA reducido del 10 % siempre que cumplan las siguientes condiciones:

La vivienda debe ser utilizada como vivienda de uso particular por la persona que contrata la reforma.

La obra debe ser solicitada por la comunidad de propietarios.

El coste de los materiales no podrá superar en ningún caso el 40 % del precio total de la obra.

Deben haber pasado al menos dos años desde la construcción de la vivienda, o desde la última rehabilitación.

Estas condiciones van a acreditar que la persona va a aprovechar la reforma de rehabilitación para fines propios, que toda la comunidad de vecinos va a poder aprovechar las obras que se van a llevar a cabo y que la rehabilitación no se lleva a cabo por defectos o problemas relacionados con obras anteriores. 

Si cumples los requisitos y vas a solicitar un presupuesto de obra en casa para tareas de rehabilitación y renovación, podrás ahorrarte más de la mitad del precio del IVA.

¿Cuánto puedo ahorrar si obtengo un IVA reducido?

Como sabes, el IVA es un impuesto progresivo, por tanto, cuanto mayor sea el precio de la reforma más valor vas a ahorrar. 

Una reforma de una fachada de edificio para mejorar las condiciones del aislante y pintar de nuevo la parte exterior con un presupuesto de 20.000 € tendría que añadir un IVA de 4.200 € con el tipo general, por tanto el precio final sería de 24.200 €. Esta misma reforma con un IVA reducido tendría un añadido de 2.000 €, y por tanto el precio final sería de 22.000 €.

Las reformas de rehabilitación y renovación, como las que se suelen hacer en fachadas de edificios o las que se llevan a cabo para optimizar el rendimiento energético de una comunidad, suelen tener presupuestos muy elevados, por eso el ahorro puede ser considerable si conseguimos que se nos aplique el IVA reducido para reformas

Las reformas en las que se suele aplicar el IVA reducido

Las reformas con IVA reducido son aquellas que mejoran las condiciones generales del edificio, sin embargo, esta descripción es muy general, y por tanto es la propia Administración la que decide acerca de la reducción de IVA en cada caso particular. Es posible hacer una clasificación general acerca de las obras en las que se suele aplicar el IVA del 10 %, son las siguientes:

Pintura tanto en exterior como en interior.

Instalación o renovación de un ascensor para la comunidad.

Renovación de calderas y equipamiento energético en general.

Detectores de presencia y sistemas de seguridad.

Mejora y rehabilitación de cerramientos y ventanas.

Instalaciones comunitarias, por ejemplo de electricidad, agua, etc.

Protección contra incendios.

Obras que puedan ser consideradas como de rehabilitación y que afecten a toda la comunidad.

Como indicamos anteriormente, no todas las obras de reforma se consideran obras de renovación, y por lo tanto la reducción del IVA depende de la resolución de la Administración en cada caso, pero en los casos anteriores es muy probable que sea concedido el IVA reducido.

¿Dónde debo solicitar la reducción de IVA de mi reforma?

Habitualmente es la administración local la que recibe las solicitudes de obra, por lo tanto es el propio ayuntamiento quien tiene la decisión acerca del pago del IVA. Al igual que sucede con las solicitudes de obra mayor, es el propio ayuntamiento quien se hace cargo de tramitar y decidir acerca de este tipo de reformas.

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Etiquetas: Reformas

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