Los huecos de las ventanas de las fachadas principales no se pueden modificar en una reforma, nunca. @coachdecostyle
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Por lo tanto tengo que deducir, que lo hicieron como muchas cosas se hacen, de prepo. No está bien hacerlo. Quizás es más fácil conseguir la autorización si es una fachada a un patio interior, pero a fachada seguro dirán que no.
2-Incorporar terrazas o balcones: Esto se puede hacer, pero siempre que se haga con un elemento o cerramiento que se pueda retirar fácilmente, como cristaleras o cerramientos de aluminio u otro material. Nunca de obra húmeda, o sea con ladrillos.
Incorporar terrazas o balcones con materiales de obra húmeda significa incrementar una superficie que antes no computaba, y que ahora sí. Y puede, que no sea legal, porque supere la máxima del edificio.
Si se quiere hacer de obra, se debe pedir una licencia con proyecto de un técnico que justifique el incremento de metros cuadrados edificables.
3-Las terrazas no son propiedad del piso: Tener una terraza en un ático, no se significa que sea nuestra. Son del edificio, aunque tengamos nosotros lo que legalmente se llama “uso y disfrute”.
Pero si existe algún problema, estamos obligados a dar acceso a la Comunidad para solucionarlo. Aunque no para usarla.
He visto casos, de gente que tenía una terraza en su ático, y que algún vecino quería usarla para una fiesta por ejemplo. Eso es imposible.
4-Obligación de arreglar vicios ocultos: Si uno cambia la distribución de un piso, tiene la obligación de respetar las instalaciones generales. Pero también debe cambiar el tramo de las mismas que pasa por su piso, para evitar problemas futuros. Esto corre a cargo de la Comunidad de propietarios, aunque muchas no lo quieren asumir, por ser partes comunes.
Aún hay varias cosas a tener en cuenta, pero para otro post.
Continuará..
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